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domingo, 5 de enero de 2014

MÁS DE 4 MIL MILITARES ENJUICIADOS POR DESERCIÓN DESDE 1985: SEDENA

Ciudad de México.- La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) informó que entre los años 1985 y 2013, procesó a 4 mil 543 militares por presuntos actos de deserción, esto como respuesta a una solicitud del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

La información, pedida por un particular, tendrá que completarse con los datos correspondientes a las sentencias de quienes fueron condenados, precisó el IFAI en un comunicado. 
La Sedena proporcionó una tabla con los grados de los uniformados y el número de quienes fueron sometidos a juicio en el periodo antes mencionado, sin embargo el particular interpuso un recurso de revisión ante el IFAI. Éste fue turnado al comisionado presidente Gerardo Laveaga, en el que impugnó la clasificación de los nombres y manifestó que en la solicitud con número de folio 0000700134913, el sujeto obligado puso a disposición información similar.
Tras analizar el caso, el comisionado expuso que de la normatividad analizada se desprendió, que en las sentencias emitidas por el Supremo Tribunal Militar, es posible advertir el delito por el que se juzgó a un militar en concreto, los datos de identificación de éste, así como la fecha de su emisión.
El Pleno del IFAI modificó la respuesta emitida por la Sedena y reclasificó la información únicamente respecto de los nombres de los militares que hayan sido sentenciados y absueltos por el delito de deserción desde 1985, y cuyos procesos estén concluidos.
Además, el Instituto instruyó al sujeto obligado poner a disposición del particular, las sentencias condenatorias de los militares juzgados por el delito de deserción, en el periodo referido.
Dado que las sentencias en cuestión podrían contener información de carácter confidencial, tales como datos personales, la Sedena deberá elaborar versión pública de las mismas.
El Pleno indicó que al elaborarse versiones públicas, no resultaría procedente la consulta directa, por lo que el sujeto obligado deberá informar al particular los costos de reproducción y de envío de la información.
Milenio