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N. DE REGISTRO 4171.
MIEMBRO DEL CONGRESO DEL
TRABAJO, FEDERACION LATINOAMERICANA DE PERIODISTAS Y ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
DE PERIODISTAS
Coyuca de Benítez,
Guerrero a 08 de Abril de 2012.
C. Ricardo Espejel Arellano.
Secretario General del Comité
Ejecutivo Nacional del SNRP.
C. Secretarios de las Delegaciones
XVll, XXV, XXVll, XXXV, LXl.
A la Opinión Pública.
En mi carácter
de Secretario General del Comité Ejecutivo de la Delegación XXlX del SNRP, con
sede en la ciudad de Coyuca de Benítez, les expongo lo siguiente:
En atención a la
nota periodística publicada el día 30 de Marzo del año en curso, en el
periódico “El Despertar de la Costa”, desmiento cada uno de los agravios que se
me imputan a los cuales enumero sucesivamente.
Como punto numero
uno: los supuestos declarantes a que hace alusión el periodista Cuauhtémoc Rea
Salgado, los señala como miembros de la delegación XXV y dicha delegación tiene
su sede en la ciudad y puerto de Acapulco, siendo su delegado el compañero
Domingo Gómez Gallardo, a quien le solicite si existía dicho nombre en su
padrón, confirmando negativamente.
Como punto numero
dos: que los pseudos declarantes señalan que he estado cometiendo una serie de
anomalías escudándome como Secretario de la Delegación, pero no especifican de
que forma y agregan que he conseguido apoyos para mi beneficio, pidiendo mi
expulsión, para lo cual cuando se hace una declaración se deben de presentar
pruebas, ya sea en forma escrita, grafica, etc., así como no estipulan los
artículos en que se fundamentan para solicitar mi expulsión o la expulsión de
cualquier miembro de la Delegación, ya que desde mi elección y toma de protesta
realizada el día 26 de febrero del año 2011, por el entonces secretario de
trabajo del CEN nacional(Rogaciano Méndez) y posteriormente por el Secretario
General del CEN Nacional del SNRP (Isaac Olmedo Lavariega) el día 7 de junio
del 2011, hasta la fecha a cada miembro de la Delegación XXlX, les he hecho
llegar, copias de los estatutos con los que se rige el SNRP nacional, así como
los estatutos de la ley 463 del Fondo de Apoyo a los Periodistas y sus normas
de operatividad y es ilógico que si se habla de los estatutos se debe
enumerarlos ya que como se plasma en la nota informativa se aprecia que los
declarantes no se han tomado la molestia por estudiarlos o analizarlos.
Como tercer punto:
el entrevistador señalo como entrevistado a Leonel García Sánchez, como
agremiado de la delegación XXV del SNRP (vuelve a caer en error) y en
documentos que obran en nuestros archivos desde el año 2007 en que se
estableció la delegación XXlX del SNRP en Coyuca de Benítez, no existe o esta
registrado con este nombre persona alguna, así como en las demás delegaciones
en el estado de Guerrero.
Como cuarto punto:
se señala que he conseguido apoyos muy personales y que he estado tomando decisiones
sin tomar en cuenta a los miembros del SNRP agregando que el gobernador del
estado me ha estado dando la cantidad de un mil 500 pesos mensuales y a otras
dos personas de las cuales hacen referencia sin dar nombre alguno, desde que
tome protesta como delegado, los compromisos que hice en acto publico fueron,
contar con oficinas propias, lo cual es un hecho, tener un representante de
nuestra delegación ante el comité del Fondo de Apoyo a los Periodistas (FAP)
que recae en la persona del compañero Gaspar Hernández Pino (quien fue avalado
por los socios de la delegación XXlX), gestionar recursos en beneficio de los
agremiados a la delegación XXlX, ya sea económico en especie o académicos en lo
referente a lo económico y especie
quiero dar a conocer que en cuanto a los constantes anuncio que ha realizado el
gobernador del estado de Guerrero en apoyo al gremio periodístico hace anuncios
de apoyo pero no dice como y ante quien, ya que cuando uno o cualquier
compañero realiza gestión alguna ante cualquier secretaria inmediatamente nos
señalan que por eso existe el FAP y para conseguir recursos a través de este el
solicitante debe de estar en el padrón del mismo para poder conseguir dicho
apoyo. En cuanto al supuesto apoyo personal hacen el señalamiento pero no
presentan pruebas, lo que si quiero aclarar que en dado caso recibiese un apoyo
económico por parte de cualquier instancia de gobierno ya sea municipal,
estatal o federal, quiero decir que como periodista y mi única fuente de empleo
e ingreso económico, como el de muchos compañeros que ejercemos esta noble
labor, nos vemos en la necesidad de trabajar periodísticamente hablando con
dichas instancias, ya que por cada publicación que hay en los medios en que
trabajamos estas perciben un pago económico y en cuanto a las computadoras que
señalan si no se pertenece al padrón del FAP no adquieres ningún beneficio.
En el punto
numero cinco señalan: un curso realizado en la ciudad y puerto de Ixtapa
Zihuatanejo en la cual recibimos viáticos por mil pesos cada uno, quiero
aclarar que la invitación que realizo SEDESOL a los comités integrantes del
FAP, a través del Coordinador de los comités integrantes de este (Andrés Arias
Jurado) vía correo electrónico al compañero Gaspar Hernández Pino, el
coordinador señala únicamente la asistencia de dos personas por delegación
integrante del comité, esto por motivo de hospedaje y gastos, para lo cual quiero señalar que no
recibimos tal apoyo en viáticos lo cual, si desean los quejosos pueden
solicitar a la SEDESOL o la Secretaria de Finanzas del Estado, documento alguno
en donde se haya estampado nuestra firma como representantes de la delegación
XXlX.
Como sexto punto:
vuelven a señalar los estatutos mas no los enumeran y en las reuniones que
hemos realizado hemos dado a conocer los avances que tenemos como delegación,
las delegaciones somos autónomas, los estatutos nada mas señalan las
obligaciones de la dirigencia nacional, el único apartado que se hace mención a
las delegaciones es el capitulo XlX, titulo Reglamento de Delegaciones
Filiales, en su articulo 133, sexto párrafo se señala las asambleas las cuales
dice que deben de realizarse periódicamente pero no señala si deben de ser
semanal, quincenal, mensual, bimestral, entendiéndose que solo los miembros
deben de elegir la periocidad de los mismos.
En el séptimo
punto: señalan la aportación de cuotas sindicales yo los convido a que
presenten sus recibos membretados, sellados y firmados por el secretario
tesorero de la delegación del cual no hacen alusión y en lo referente al
ingreso del Fondo de Apoyo a Periodista, el compañero representante de nuestra delegación
ante el comité del FAP, les ha hecho
llegar a cada uno de los miembros del formato de solicitud de ingreso y hasta
la fecha no le han realizado la devolución de este con su correspondiente
documentación para su pronta presentación al FAP.
En el octavo y
ultimo punto en lo referente al esclarecimiento del crimen perpetrado a los
compañeros Juan Francisco Rodríguez Ríos y su esposa María Elvira Hernández
Galeana el día 27 de junio del 2010, esta demás decir que en tiempo y forma (27
de Febrero de 2011) le informe al compañero Rogaciano Méndez y como testigos el
compañero Gaspar Hernández Pino y Andrés Arias Jurado, en la ciudad y puerto de
Zihuatanejo, previo a la toma de protesta del compañero Asunción Nogueda Fierro
(delegación LXl del SNRP) de los avances y circunstancias de la muerte de los compañeros
para lo cual me recomendó dejar que las autoridades se hagan cargos de las
investigaciones y de la petición de los familiares de los compañeros el de no
interferir en las investigaciones ya que de las marchas que se realizaron por
parte de compañeros periodistas en la ciudad de Acapulco, ante las oficinas de
la procuraduría, los familiares recibían amenazas de muerte y para ello nos
solicitaron ya no intervenir .
Por ultimo y
considerando:
Que cada una de los agravios que se presentan en mi
persona en la nota periodística de parte de Cuauhtémoc Rea, fue realizada con
falta de ética y con un beneficio económico, ya que en los diversos foros
realizados en beneficio del gremio periodístico en el cual Coyuca de Benítez,
fue sede de uno de ellos, los ponentes, entre ellos puedo nombrar a la Lic.
Perla Gómez Gallardo (presidenta de LIMAC), en la cual nos recomendó de manera
tajante el tener cuidado en como realizamos la nota periodística, primordialmente
el tener las pruebas suficientes y veraz en la que evidenciamos al funcionario
o cualquier personaje publico, ya que con la modificación de las leyes que nos
rigen podríamos ser merecedores a severas sanciones.
Es lamentable que una persona que tubo su preparación
académica en la Unidad Académica de Ciencias de la Comunicación, con sede en la
ciudad de Chilpancingo, Gro., como lo ha estado pregonando Cuauhtémoc Rea, se
le pasen estos detalles o errores garrafales, ya que puede ser acreedor a una sanción
jurídica o demanda y mas lamentable, el sorprender el buen criterio del editor
del Despertar de la Costa.
En cuanto a la persona que se dedico a renviar la nota
periodística Juan Carlos Rojas (juancarlosri06@gmail.com),
con falta de profesionalismo y ética periodística magnifico el titulo de la
nota, por que si en verdad el y los demás pseudos integrantes de la actual
directiva nacional del SNRP, como se hacen llamar, no presentan documento
alguno que los avale como tal y es demás sabido por todos los que estamos
afiliados al SNRP, de acuerdo a los estatutos la finalidad en su capitulo
primero, artículos 1, 2, 3 es la de constituirse como un organismo de
resistencia de carácter industrial y profesional, así como los fines generales
es el estudio, mejoramiento y defensa del interés profesional de los
trabajadores del periodismo y de actividades similares y conexas, como el de
organizar a todos los miembros de la agrupación en la forma que mas convenga a
sus fines, preceptos que están violentando con el renvió de la nota ya que
debieron de solicitar la veracidad de lo publicado y escuchar a las partes
involucradas.
En el capitulo segundo, articulo 5, incisos a, b, c, d,
e, señala los principios que rigen al SNRP, los cuales son la eficiencia, la
honestidad, la justicia y la verdad como criterios rectores de su actividad y
de la de sus agremiados, como la democracia como forma de organización y de
vida sindical, la vida política militante, la prevalencia del interés nacional
por encima del interés particular, ya sea privado o gubernamental y la
obligación y el derecho a la comunicación como fundamento de la libertad
intelectual y de la practica profesional de la información y como síntesis de
los derechos de ser informado a informar, a la protección de la vida privada y
a participar en la comunicación publica.
Tales preceptos no fueron analizados por la pseudos
dirigencia, a la cual no se especifica por quienes está integrada.
Por ultimo informo, la delegación XXlX, de la que estoy
gustoso representar y dirigir se ha regido por los conceptos de la ética
personal y profesional, como también no soy el único que la integra, ya que
contamos con un comité que le da vida sindical y se avoca en atender las
inquietudes de los compañeros y siempre estamos en contra del chantaje,
extorsión periodística por obtener un
beneficio personal.
ATENTAMENTE.
LIC. WILIBALDO ORTEGA BANCHES
SECRETARIO GENERAL
DE LA DELEGACION XXlX.