sábado, 7 de septiembre de 2013

DEFENSOR DE OFICIO Por José Antonio Sánchez

Martínez Garnelo
PREGUNTA AL MAESTRO GARNELO ¿LEY QUE TIPIFICA FUGA INFORMACIÓN COMO DELITO INCLUIRÁ A PERIODISTAS?
Pregunta con todo respeto
El gobernador Angel Aguirre Rivero, envió al Congreso del Estado, una iniciativa de ley para tipificar como delito “La Fuga de Información” con aparente dedicatoria a los civiles, funcionarios y policías que la hacen de Halcones. El gobernador adelantó que, “La fuga de información nulifica la labor del gobierno” Cierto…La iniciativa parte de una realidad, sin embargo, el que la delincuencia infiltre a los órganos de gobierno, no es responsabilidad de los ciudadanos, SOLO DEL GOBIERNO, por tanto, se debe de cuidar que esta ley no atropelle derechos fundamentales, como la libertad de expresión y el derecho a la información. De entrada, me parece, y en espera de que el Maestro Martínez Garnelo me corrija, el poseer bienes no es delito y eso de castigar la posesión de una cantidad determinada de celulares, a quien sea, sea funcionario, policías o civiles por la sola presunción de ser Halcones, se me hace inconstitucional, -a no ser que la Ley de amparo me lo rebata- … de entrada, la iniciativa procura un buen fin, sin embargo, al llegar a las interpretaciones será en donde la marrana tuerza el rabo. Aquí le comento amable Lector alguna información para que sepa de qué se trata. ¿Cuántos celulares tiene? Yo tengo dos:  “Se busca tipificar como delito la fuga de información de las estrategias de seguridad y sancionar a los llamados “halcones” o informantes de la delincuencia organizada, tanto particulares como servidores públicos, incluyendo la misma policía, con sanciones de hasta  15 años de prisión”. En la razón de motivos dice: “En los últimos años se han diversificado y sofisticado las estrategias, métodos y técnicas de los delincuentes para cometer delitos; y es característica común de la delincuencia organizada contratar a gente que le proporcione información sobre las acciones y movimientos de los funcionarios a los cuales pretenden afectar en su integridad física o evitar acciones que combatan la delincuencia”. Los informadores o halcones, pueden ser desde particulares hasta servidores públicos que se desempeñan -no exclusivamente- en el sector de seguridad pública o privada, creando una red de complicidad que permite conocer oportunamente los operativos que realizará la autoridad e incluso llegan a saber itinerarios de las actividades que hacen diariamente. Se detalla que a los halcones, por la misma actividad que desempeñan, la delincuencia organizada les proporciona además de dinero, teléfonos celulares, radiocomunicación y sistemas de comunicación modernos y sofisticados para estar localizables y enviar la información de manera rápida y eficaz. “Estas personas están ubicadas generalmente en esquinas o semáforos de las vías de circulación o bien frente a domicilios u oficinas, simulando cualquier actividad” y que dichos equipos de radiocomunicación les permiten organizar o planear un delito o evitar acciones u operativos de seguridad contra el crimen. Ante este panorama, se propone adicionar un capítulo al artículo 268 Bis, sobre el uso indebido de información sobre actividades de las instituciones de seguridad pública, procuración e impartición de justicia y del sistema penitenciario y que señala que “al que con objeto de planear o ejecutar un delito u obstruir la función de seguridad pública, realice actos tendientes a obtener o transmitir mediante cualquier medio información sobre las actividades propias de las instituciones de seguridad pública o de procuración e impartición de justicia y de ejecución de las penas de cualquier ámbito, o sobre cualquier servidor público, se le impondrá una sanción de dos a 15 años de prisión y de 50 a mil días de multa. Pero cuando el sujeto (informante) sea miembro de cualquiera de las instituciones de seguridad pública del municipio, estado o federación, de procuración de justicia y de ejecución de penas o haya pertenecido a cualquiera de éstas, o haya sido agente de seguridad privada se le impondrá una pena de cinco hasta 15 años de cárcel y de 200 mil días de multa. Además, se sancionará con pena de dos a ocho años de cárcel y de 50 a 600 días de multa a los elementos que formen parte de las instituciones de seguridad pública que con la intención de cometer este tipo de delitos, porten tres o más teléfonos celulares, cualquier aparato o sistema de comunicación electrónica o de radiocomunicación o bien no justifique su propiedad o legítima posesión. Seré suspicaz, pero, el que está quemado con leche hasta el jocoque le sopla… ¿Estaremos incluidos en esta iniciativa los comunicadores?... Pregunto y Digo.